Asamblea Constituyente es la institución
representativa a la que se le confía, cuando la estructura estatal preexistente
se halla en crisis o ha sido derribada por movimientos revolucionarios, el
cometido de fijar los principios y reglas fundamentales del nuevo ordenamiento
del Estado.
La Primera Asamblea Constituyente
que se instaló en un territorio libre de lo que fue la antigua Real Audiencia de
Quito, fue la que -al crearse la Provincia Libre de Guayaquil y convocada por el Ayuntamiento que presidía el Dr. José Joaquín Olmedo- se reunió en esa
ciudad el 8 de noviembre de 1820.
Ese día, mediante expresión libre y democrática,
los 57 diputados representantes de todos los pueblos del nuevo estado eligieron
a Olmedo como Presidente, a Rafael Ximena para que se encargue de los asuntos
militares, a Francisco Roca para que asuma la responsabilidad de atender los
asuntos civiles, y se designó a Francisco de Marcos como secretario.
Se dictó además un “Reglamento
Provisorio de Gobierno”, que fue la Primera Constitución que regiría los
destinos jurídicos de la nueva nación, y cuyo primer artículo decía: “La Provincia de Guayaquil es libre e independiente; su
religión es católica; su Gobierno es electivo; y sus leyes las mismas que
regían últimamente, en cuanto no se opongan a la nueva forma de gobierno
establecida”.
Diez años después -bajo la poderosa
influencia del Gral. Juan José Flores- el 13 de mayo de 1830 se reunió en Quito
una junta de notables quienes, luego de
largas consultas y deliberaciones -hábilmente influenciadas por la sagacidad
política del Gral. Juan José Flores- le pidió a éste que asuma interinamente el
gobierno de la antigua Presidencia de Quito, como “Jefe de la
Administración del Estado del Sur de Colombia”, suscribiendo además un Acta por
medio de la cual se pretendió la creación de un nuevo estado.
Pero dicha Junta, reunida de manera
precipitada y sin la representación de los departamentos de Guayaquil y Azuay,
no podía constituir un nuevo estado porque carecía absolutamente de poder
constituyente por no contar con la voluntad de todos los pueblos que formaban
el Distrito.
Ante la nulidad de lo actuado, el 19 de mayo se instaló
en Guayaquil una Asamblea presidida por Olmedo con el propósito de tratar sobre
el destino que debía tener la ciudad y su región de enclave.
La Asamblea de Guayaquil de 1830 no solo
planteó una fórmula jurídica para legalizar el nacimiento del nuevo estado, sino
que -gracias a la visión republicana que caracterizaba a Olmedo- estableció las
condiciones propicias para lograr que el proceso de transformación se produzca
de manera libre y democrática, y que los departamentos de Quito, Azuay y
Guayaquil puedan conformar un cuerpo político (ver: Acta de la Asamblea de
Guayaquil de 1830).
Con esos antecedentes Flores
dispuso la elaboración de un Reglamento Electoral y la convocatoria a un
Congreso Constituyente para elaborar la Carta Fundamental del nuevo estado. Dicho
reglamento electoral fijó -de acuerdo al Acta de Guayaquil- una representación
de igual número de diputados por cada uno de los tres departamentos -Ecuador
(Quito), Guayaquil y Azuay- en que las leyes colombianas habían dividido a la
Presidencia de Quito.
La convocatoria de elecciones se
expidió el 31 de mayo, fijándose como fecha para la inauguración de la Asamblea
el 10 de agosto (desde esa época -de manera malintencionada- se empezó a
manipular la historia cambiando la fecha de nuestra independencia, que en
realidad se dio el 9 de octubre); pero por circunstancias de última hora, debió
esperarse hasta el 14 de agosto para que la Constituyente inicie sus labores en
la ciudad de Riobamba.
Fue así como se instaló el primer
Congreso Constituyente de lo que hoy es la República del Ecuador, a la que
asistieron, por Cuenca, los diputados Ignacio Torres, José María Landa, Mariano
Veintemilla y José María Borrero; por Riobamba: Nicolás Vásconez y Juan
Bernardo de León; por Guayaquil: José Joaquín Olmedo, León de Febres-Cordero,
Vicente Ramón Roca y Francisco de Marcos; por Portoviejo: Cayetano Ramírez y
Fita y Manuel Rivadeneira; por Quito: Manuel Matheu, Antonio Ante y José
Fernández Salvador; y por Ibarra: Nicolás Arteta. Elegidas las dignidades de
dicho Congreso, éste fue presidido por el Dr. José Fernández Salvador,
acompañado por don Nicolás Arteta, como Vicepresidente, y por Pedro Manuel
Quiñónez y Pedro José Arteta como secretarios (con estos se completan los 21
diputados que asistieron).
Luego de quince días consecutivos
de intenso trabajo y largas deliberaciones, los asambleístas expidieron la
primera Carta Fundamental de la República del Ecuador. Dictaron además quince
leyes orgánicas, y aprobaron veintidós decretos y varias resoluciones
importantes.
Expedida la Carta Fundamental le
tocó a la Asamblea elegir al Presidente Constitucional de la República,
designación que recayó sobre el propio Gral. Juan José Flores, acompañado en la
Vicepresidencia por el patriota y notable jurista y constitucionalista guayaquileño,
Dr. José Joaquín Olmedo.
La Carta Fundamental de 1830 principiaba así: Art.
1o.- Los Departamentos del Azuay, Guayas y Quito quedan reunidos entre sí
formando un solo cuerpo independiente con el nombre de Estado del
Ecuador... el Art. 2do. dice: El
Estado del Ecuador se une y confedera con los demás estados de Colombia para
formar una sola nación con el nombre de República de Colombia; y al
determinar el territorio nacional, el Art. 6o.- decía: El Territorio del
Estado comprende los tres departamentos del Ecuador en los límites del antiguo
Reino de Quito”.
De esta manera, por alguna desconocida
razón, las ilustres personalidades reunidas en esa Primera Constituyente
dejaron a un lado el nombre de Quito -que históricamente le correspondía- y
crearon una República que como Estado confederado continuaba siendo parte de
Colombia.
Al crear el Estado Ecuatoriano y en base
al Art. 6 de la Constitución, los asambleístas renunciaron a extensos
territorios que habían pertenecido a la Real Audiencia de Quito, y que durante
cerca de tres siglos comprendieron desde Buenaventura, en Colombia; hasta
Tumbes, en el Perú.
Es increíble que una Asamblea a la que
asistieron personalidades de la talla de José Joaquín Olmedo, Cayetano Ramírez
y Fita, Juan Bernardo de León, Vicente Ramón Roca y José Fernández-Salvador,
entre otros, haya dictado artículos tan confusos como los señalados
anteriormente.
¿Cuáles eran los límites del nuevo
Estado, los que tenían los Departamentos de Azuay, Guayas y Quito o los del
antiguo Reino de Quito, cuya existencia jamás ha podido ser demostrada?
Si son los de los tres departamentos señalados, podrían estos tener una
definición territorial relativamente determinada en relación a lo que había
sido la Audiencia de Quito, aunque mutilada ya por Colombia en su parte norte;
pero, en el caso del Reino de Quito (de no demostrada existencia y que además
nunca constituyó un ente jurídico establecido legalmente), este se extendió
solamente en los Andes centrales, desde Imbabura hasta las cercanías del Azuay
-sin llegar ni a la costa ni al oriente-, pues los pueblos que lo conformaron
eran eminentemente andinos y nunca pretendieron extender sus dominios hacia
otras regiones más allá de la cordillera; aunque hay que aclarar que
establecieron relaciones comerciales tanto con pueblos de la costa como con
algunos de la región oriental.
Autor: Efrén Avilés Pino
Miembro de la Academia Nacional de
Historia del Ecuador
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