Primera Constituyente
Asamblea Constituyente es la institución representativa a la que se le confía, cuando la estructura estatal preexistente se halla en crisis o ha sido derribada por movimientos revolucionarios, el cometido de fijar los principios y reglas fundamentales del nuevo ordenamiento del Estado.
La Primera Asamblea Constituyente que se instaló en un territorio libre de lo que fue la antigua Real Audiencia de Quito, fue la que -al crearse la Provincia Libre de Guayaquil y convocada por el Ayuntamiento que presidía el Dr. José Joaquín Olmedo- se reunió en esa ciudad el 8 de noviembre de 1820.
Ese día, mediante expresión libre y democrática, los 57 diputados representantes de todos los pueblos del nuevo estado eligieron a Olmedo como Presidente, a Rafael Ximena para que se encargue de los asuntos militares, a Francisco Roca para que asuma la responsabilidad de atender los asuntos civiles, y se designó a Francisco de Marcos como secretario.
Se dictó además un “Reglamento Provisorio de Gobierno”, que fue la Primera Constitución que regiría los destinos jurídicos de la nueva nación, y cuyo primer artículo decía: “La Provincia de Guayaquil es libre e independiente; su religión es católica; su Gobierno es electivo; y sus leyes las mismas que regían últimamente, en cuanto no se opongan a la nueva forma de gobierno establecida”.
Diez años después -bajo la poderosa influencia del Gral. Juan José Flores- el 13 de mayo de 1830 se reunió en Quito una junta de notables quienes, luego de largas consultas y deliberaciones -hábilmente influenciadas por la sagacidad política del Gral. Juan José Flores- le pidió a éste que asuma interinamente el gobierno de la antigua Presidencia de Quito, como “Jefe de la Administración del Estado del Sur de Colombia”, suscribiendo además un Acta por medio de la cual se pretendió la creación de un nuevo estado.
También puedes leerGral. Juan José Flores, Biografía del Primer Presidente del EcuadorPero dicha Junta, reunida de manera precipitada y sin la representación de los departamentos de Guayaquil y Azuay, no podía constituir un nuevo estado porque carecía absolutamente de poder constituyente por no contar con la voluntad de todos los pueblos que formaban el Distrito.
Ante la nulidad de lo actuado, el 19 de mayo se instaló en Guayaquil una Asamblea presidida por Olmedo con el propósito de tratar sobre el destino que debía tener la ciudad y su región de enclave.
La Asamblea de Guayaquil de 1830 no solo planteó una fórmula jurídica para legalizar el nacimiento del nuevo estado, sino que -gracias a la visión republicana que caracterizaba a Olmedo- estableció las condiciones propicias para lograr que el proceso de transformación se produzca de manera libre y democrática, y que los departamentos de Quito, Azuay y Guayaquil puedan conformar un cuerpo político (ver: Acta de la Asamblea de Guayaquil de 1830).
Con esos antecedentes Flores dispuso la elaboración de un Reglamento Electoral y la convocatoria a un Congreso Constituyente para elaborar la Carta Fundamental del nuevo estado. Dicho reglamento electoral fijó -de acuerdo al Acta de Guayaquil- una representación de igual número de diputados por cada uno de los tres departamentos -Ecuador (Quito), Guayaquil y Azuay- en que las leyes colombianas habían dividido a la Presidencia de Quito.
La convocatoria de elecciones se expidió el 31 de mayo, fijándose como fecha para la inauguración de la Asamblea el 10 de agosto (desde esa época -de manera malintencionada- se empezó a manipular la historia cambiando la fecha de nuestra independencia, que en realidad se dio el 9 de octubre); pero por circunstancias de última hora, debió esperarse hasta el 14 de agosto para que la Constituyente inicie sus labores en la ciudad de Riobamba.
Fue así como se instaló el primer Congreso Constituyente de lo que hoy es la República del Ecuador, a la que asistieron, por Cuenca, los diputados Ignacio Torres, José María Landa, Mariano Veintemilla y José María Borrero; por Riobamba: Nicolás Vásconez y Juan Bernardo de León; por Guayaquil: José Joaquín Olmedo, León de Febres-Cordero, Vicente Ramón Roca y Francisco de Marcos; por Portoviejo: Cayetano Ramírez y Fita y Manuel Rivadeneira; por Quito: Manuel Matheu, Antonio Ante y José Fernández Salvador; y por Ibarra: Nicolás Arteta. Elegidas las dignidades de dicho Congreso, éste fue presidido por el Dr. José Fernández Salvador, acompañado por don Nicolás Arteta, como Vicepresidente, y por Pedro Manuel Quiñónez y Pedro José Arteta como secretarios (con estos se completan los 21 diputados que asistieron).
Luego de quince días consecutivos de intenso trabajo y largas deliberaciones, los asambleístas expidieron la primera Carta Fundamental de la República del Ecuador. Dictaron además quince leyes orgánicas, y aprobaron veintidós decretos y varias resoluciones importantes.
Expedida la Carta Fundamental le tocó a la Asamblea elegir al Presidente Constitucional de la República, designación que recayó sobre el propio Gral. Juan José Flores, acompañado en la Vicepresidencia por el patriota y notable jurista y constitucionalista guayaquileño, Dr. José Joaquín Olmedo.
En el corazón de Riobamba, en sitio donde se levanta el majestuoso edificio del colegio Pedro Vicente Maldonado, estuvo situado el lugar done en 1830 se reunió la primera Asamblea Constituyente, que dio inicio a la existencia de nuestro país: Ecuador.
La Carta Fundamental de 1830 principiaba así: Art. 1o.- Los Departamentos del Azuay, Guayas y Quito quedan reunidos entre sí formando un solo cuerpo independiente con el nombre de Estado del Ecuador... el Art. 2do. dice: El Estado del Ecuador se une y confedera con los demás estados de Colombia para formar una sola nación con el nombre de República de Colombia; y al determinar el territorio nacional, el Art. 6o.- decía: El Territorio del Estado comprende los tres departamentos del Ecuador en los límites del antiguo Reino de Quito”.
De esta manera, por alguna desconocida razón, las ilustres personalidades reunidas en esa Primera Constituyente dejaron a un lado el nombre de Quito -que históricamente le correspondía- y crearon una República que como Estado confederado continuaba siendo parte de Colombia.
Al crear el Estado Ecuatoriano y en base al Art. 6 de la Constitución, los asambleístas renunciaron a extensos territorios que habían pertenecido a la Real Audiencia de Quito, y que durante cerca de tres siglos comprendieron desde Buenaventura, en Colombia; hasta Tumbes, en el Perú.
Es increíble que una Asamblea a la que asistieron personalidades de la talla de José Joaquín Olmedo, Cayetano Ramírez y Fita, Juan Bernardo de León, Vicente Ramón Roca y José Fernández-Salvador, entre otros, haya dictado artículos tan confusos como los señalados anteriormente.
¿Cuáles eran los límites del nuevo Estado, los que tenían los Departamentos de Azuay, Guayas y Quito o los del antiguo Reino de Quito, cuya existencia jamás ha podido ser demostrada?
Si son los de los tres departamentos señalados, podrían estos tener una definición territorial relativamente determinada en relación a lo que había sido la Audiencia de Quito, aunque mutilada ya por Colombia en su parte norte; pero, en el caso del Reino de Quito (de no demostrada existencia y que además nunca constituyó un ente jurídico establecido legalmente), este se extendió solamente en los Andes centrales, desde Imbabura hasta las cercanías del Azuay -sin llegar ni a la costa ni al oriente-, pues los pueblos que lo conformaron eran eminentemente andinos y nunca pretendieron extender sus dominios hacia otras regiones más allá de la cordillera; aunque hay que aclarar que establecieron relaciones comerciales tanto con pueblos de la costa como con algunos de la región oriental.
La Carta Fundamental de 1830 principiaba así: Art. 1o.- Los Departamentos del Azuay, Guayas y Quito quedan reunidos entre sí formando un solo cuerpo independiente con el nombre de Estado del Ecuador... el Art. 2do. dice: El Estado del Ecuador se une y confedera con los demás estados de Colombia para formar una sola nación con el nombre de República de Colombia; y al determinar el territorio nacional, el Art. 6o.- decía: El Territorio del Estado comprende los tres departamentos del Ecuador en los límites del antiguo Reino de Quito”.
De esta manera, por alguna desconocida razón, las ilustres personalidades reunidas en esa Primera Constituyente dejaron a un lado el nombre de Quito -que históricamente le correspondía- y crearon una República que como Estado confederado continuaba siendo parte de Colombia.
Al crear el Estado Ecuatoriano y en base al Art. 6 de la Constitución, los asambleístas renunciaron a extensos territorios que habían pertenecido a la Real Audiencia de Quito, y que durante cerca de tres siglos comprendieron desde Buenaventura, en Colombia; hasta Tumbes, en el Perú.
Es increíble que una Asamblea a la que asistieron personalidades de la talla de José Joaquín Olmedo, Cayetano Ramírez y Fita, Juan Bernardo de León, Vicente Ramón Roca y José Fernández-Salvador, entre otros, haya dictado artículos tan confusos como los señalados anteriormente.
¿Cuáles eran los límites del nuevo Estado, los que tenían los Departamentos de Azuay, Guayas y Quito o los del antiguo Reino de Quito, cuya existencia jamás ha podido ser demostrada?
Si son los de los tres departamentos señalados, podrían estos tener una definición territorial relativamente determinada en relación a lo que había sido la Audiencia de Quito, aunque mutilada ya por Colombia en su parte norte; pero, en el caso del Reino de Quito (de no demostrada existencia y que además nunca constituyó un ente jurídico establecido legalmente), este se extendió solamente en los Andes centrales, desde Imbabura hasta las cercanías del Azuay -sin llegar ni a la costa ni al oriente-, pues los pueblos que lo conformaron eran eminentemente andinos y nunca pretendieron extender sus dominios hacia otras regiones más allá de la cordillera; aunque hay que aclarar que establecieron relaciones comerciales tanto con pueblos de la costa como con algunos de la región oriental.
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