Tratado de Guayaquil (Buijo)
Contrariamente a lo que siempre se ha creído, no se trata de un tratado de límites, sino de un “Tratado de Paz y Amistad entre la República de Colombia y el Perú”, que en sus artículos 5, 6 y 7 plantea una fórmula para llegar a un arreglo limítrofe entre los dos estados.
Este documento tiene íntima vinculación con el Tratado de Girón, firmado luego de las batallas de Tarqui y de Buijo, y en los artículos en referencia dice:
En el Art. 5: “Ambas partes reconocen por límites de sus respectivos territorios los mismos que tenían antes de su independencia los antiguos Virreinatos de Nueva Granada y el Perú, con las solas variaciones que juzguen conveniente acordar entre sí, a cuyo efecto se obligan desde ahora a hacerse recíprocamente aquellas sesiones de pequeños territorios que contribuyan a formar la línea de una manera más natural, exacta y capaz de evitar competencias y disgustos entre las autoridades y habitantes de las fronteras”.
En el Art. 6, las partes convienen en que “...se nombrará y constituirá por ambos Gobiernos una Comisión compuesta por dos individuos por cada República, que recorra, rectifique y fije la línea divisoria...”.
Y el Art. 7 establece que: “...la Comisión de Límites dará principio a sus trabajos cuarenta días después de la ratificación del presente Tratado y los terminará en los seis meses siguientes...”.
En dicho documento intervinieron, por Colombia, don Pedro Gual; y por el Perú, el Ministro Plenipotenciario Sr. José Larrea y Loredo, nombrado por el gobierno de Lima presidido entonces por el Gral. Agustín Gamarra.
“Determinados los actos consiguientes, fue firmado el tratado el 22 de septiembre de 1829, en Guayaquil; aceptado y confirmado por el Congreso del Perú, el 16 de octubre; ratificado por el Presidente del Perú, el mismo 16 de octubre, en Lima, y por Bolívar, el 21 del mismo mes, en Quito; canjeado, el 27 de octubre” (Roberto Andrade.- Historia del Ecuador, tomo II, p. 82).
La ratificación de este tratado por parte de Bolívar no le confiere validez, pues si bien en cierto que era el Presidente de Colombia y estaba investido de Poderes Absolutos, en ese momento no desempañaba dicho cargo que le había sido confiado al vicepresidente de la República, y solo actuaba como Jefe del Ejército Colombiano.
Por otra parte, es preciso destacar que no se cumplieron con todos los artículos del tratado, y de manera especial con los números 6 y 7, por lo que este no se pudo ejecutoriar.
Tan fue un Tratado de Paz y no un Tratado de Límites, que el Congreso del Perú, reunido en Lima el 16 de Octubre de 1829, informó a su gobierno que: “Considerando que los tratados de paz celebrados en Guayaquil por nuestro Ministro Plenipotenciario con el de la República de Colombia, terminan la guerra de un modo estable y decoroso a la dignidad del Perú, se ha servido aprobar los veinte artículos que comprenden y las dos declaraciones canjeadas por el Ministro Plenipotenciario de Colombia y puestas por el nuestro en conocimiento del Gobierno en 23 de septiembre último” (La Mala Fe Peruana y los Responsables del Desastre de Zarumilla, p. 20.- Crnl. Rafael A. Puente).
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